La Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) y la asociación IATA-ALTIUS (ASTAC, Marshall Aerospace, Gaerco, ACI, ADIESTRA UK,... ) han llegado a un acuerdo para iniciar en enero de 2011 los cursos de formación de controladores aéreos en España. Fuente La Región, 6 de diciembre de 2010
La Universidad de Castilla-La Mancha formará controladores aéreos (UCLM, 4 de noviembre de 2010)
En Ciudad Real se formará a casi 400 controladores áreos cada año (El Día de Ciudad Real, diciembre de 2010)
¿Cómo se puede acceder a ser Controlador aéreo en España en la actualidad?:
1. La convocatoria de plazas.
Los controladores aéreos son empleados públicos, y en la medida en la que hace falta un mayor número de ellos el Ministerio de Fomento convoca plazas a través de SENASA, una sociedad adscrita al mismo y cuyas siglas responden al nombre de Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica. Estas podrán ser de tres tipos en función de su especialización dentro de la labor de control de la navegación aérea: controlador de torre, de ruta o de aproximación. A estas plazas se accede por oposición, y las últimas en convocarse han sido en junio de 2010: un total de 144 para controlador de torre.
2. Las pruebas de selección.
Para ser controlador aéreo no sólo es preciso estar muy bien preparado, también hace falta tener aptitudes para ello, ya que es una profesión para la que hace falta tener una alta resistencia al estrés y a la fatiga. Por esta razón, las pruebas de selección son muy rigurosas, con el objetivo de descartar rápidamente a aquellos candidatos no aptos para desempeñar esta profesión. Los aspirantes tendrán que realizar diversos exámenes con carácter eliminatorio que incluyen tests psicotécnicos, pruebas de inglés, entrevistas y tests de personalidad y reconocimientos médicos.
3. ¿Quién puede presentarse?
Los requisitos para poder presentarse a estas pruebas de selección son los siguientes:
-Ser español o nacional de un país comunitario.
-Tener 18 años de edad.
-Estar en posesión del título de bachiller o de una formación que permita el acceso a la universidad o equivalente.
-Tener un nivel avanzado de inglés oral y escrito (nivel c1 o equivalente).
-Si tu lengua materna es distinta al español, deberás presentar un documento acreditado de un nivel avanzado de español oral y escrito (nivel c1 o equivalente).
Una vez convocadas las plazas correspondientes será preciso solicitar la realización de las pruebas a través de la página web de SENASA .
4. La formación inicial.
Los alumnos que hayan superado las pruebas de selección recibirán la primera parte de su formación en SENASA, en la actualidad la única escuela de formación certificada en España (esta situación podrá cambiar en el futuro debido a la liberalización del sector, impulsada por la convergencia de todos los países de la UE hacia el llamado ‘Cielo Único Europeo’). Aquí cursarán un módulo básico teórico y uno de especialización que variará en función de la modalidad de controlador aéreo para la que se estén preparando los alumnos (torre, ruta o aproximación). Una vez superados ambos módulos, el alumno recibirá la licencia de alumno controlador. El coste de este curso varía en función de su especialidad, situándose entre los 30.000 y los 45.000 euros. En la página web de SENASA encontrarás información mucho más detallada al respecto.
5. La formación práctica.
El siguiente estadio en la formación de un controlador aéreo es el de la instrucción práctica, que financia AENA. El alumno, ya en posesión de su licencia de alumno controlador, es asignado a una torre de control -en el caso de los aspirantes a controlador de torre- o a un centro de control aéreo –en el caso de los aspirantes a controlador de ruta o de aproximación-. Se formará in situ durante un periodo que podrá variar en función de su progreso y de su especialidad hasta obtener la licencia de controlador del tránsito aéreo correspondiente, aunque un controlador aéreo tarda, como mínimo, un año en terminar su proceso formativo (el problema actual radica en que son los propios controladores titulados y en servicio, quienes deciden quién pasa esta fase, tendiendo a dilatar los tiempos y ser juez y parte). El nuevo modelo que se está implementando desde la UE abre la puerta a que nuevas escuelas debidamente certificadas pueden impartir cursos de formación de controladores aéreos, por lo que es posible que en el futuro los aspirantes a desempeñar esta profesión puedan recibir su formación en centros privados.
6. La formación de unidad.
Se trata del último estadio en la instrucción de un controlador aéreo y contempla una formación específica y adecuada al aeropuerto o centro de control aéreo en el que desempeñará su función. Es importante tener en cuenta que si a un controlador le destinan a un nuevo destino, deberá someterse a una nueva formación de unidad. Al finalizar esta instrucción, se obtendrá una licencia de controlador válida para el correspondiente destino. AENA financia la formación de unidad.
7. La nueva situación.
España, como país miembro de la UE que es y en virtud del Real Decreto Licencia de Controlador de Tránsito Aéreo 1516 / 2009 y de la Ley de Regulación de la Prestación del Tránsito Aéreo en España 09 / 2010 , forma parte del marco para la creación del ‘Cielo Único Europeo’, una iniciativa que parte de la Unión Europea y que busca uniformizar los procedimientos de control de la navegación aérea en los países miembros de la Unión. Como consecuencia de ello, se han introducido una serie de cambios en el panorama de control del espacio aéreo español. De éstos destaca la liberalización del sector, que permitirá la prestación de servicios de control de aeródromo a proveedores certificados a nivel europeo, una función que hasta ahora era competencia exclusiva de AENA, y la posibilidad de que los alumnos que así lo deseen reciban su formación y obtengan su licencia en escuelas debidamente certificadas, tanto en España como en otros países de la UE.
8. Los controladores militares.
Los controladores aéreos civiles y los militares (su formación corre a cargo del Ejército del Aire) tienen el mismo tipo de licencia de control del tránsito aéreo, con la salvedad de que tanto unos como otros realizan habilitaciones de distinto tipo. Mientras que un controlador civil habrá estudiado para guiar a un gran avión de pasajeros en su descenso hacia el aeropuerto, uno militar lo habrá hecho para controlar a cazas supersónicos. De igual manera, el nivel de inglés que se exige a los civiles es mayor, ya que estarán controlando a aeronaves provenientes de cualquier parte del mundo, mientras que se presupone que los controladores del Ejército estarán asistiendo a aviones españoles utilizando el castellano. Por esta razón, para que un controlador militar trabaje en aeropuertos o en centros de navegación civiles –situación que puede darse en “casos de emergencia”, tal y como recoge la Ley de Seguridad Aérea– antes deberá realizar un cursillo de formación.
Fuente www.practicopedia.com
Más información:
Fuente imagen T4, Aeropuerto Barajas (Madrid)
Actualización: A través de un comentario, un lector me aclara lo siguiente:
La labor de un controlador aéreo militar:
Primero: Cualquier controlador de la U.E., incluidos los controladores militares, para ejercer sus funciones en la aviación aérea general, deben de estar en posesión de la Licencia Comunitaria de Controlador Aéreo regulada por el Real Decreto 1516/2009. Tanto el Ministerio de Fomento como Defensa están obligados a emitir licencias de control únicamente bajo los requisitos de este Real Decreto que proviene de la implantación en España de la directiva europea 23/2006/CE relativa a la licencia europea de controlador aéreo. Esto implica que todos los requisitos en materia de formación, habilitación y entrenamiento continuado son exactamente iguales para ambos colectivos.
Segundo: Los controladores militares dan control a todas las aeronaves civiles y militares que vuelan hacia, desde o sobre, el espacio de control que tienen asignado. O sea, mas de 30 mil pasajeros en los últimos 5 años han sido controlados por militares. Los servicios de aeródromo y aproximación de Badajoz, Valladolid, León, Salamanca, Albacete, San Javier y Zaragoza. Aeródromo de Torrejón. Ruta hasta 250 en el TMA de Zaragoza. Además de 11 dependencias más de control en los que los aeródromos no son de uso compartido, pero si el espacio aéreo. Existen sectores específicos en los ACC de Madrid, Sevilla, Barcelona y Gran Canaria, donde los controladores militares dan servicio a vuelos militares en un entorno mixto, deben de conocer perfectamente todos los sectores civiles para coordinar la aviación militar que vuela en todo el espacio aéreo español.
Tercero: El dichoso nivel de inglés. A día de hoy mas del 80 % de controladores militares han obtenido el nivel operacional 4 en inglés aeronáutico de acuerdo a la licencia comunitaria. ¿Cuantos controladores civiles disponen de este nivel obligatorio?.
Cuarto: Sueldos. Esta es la diferencia. 23.000 € bruto/año, frente a los 200.000 € de los controladores civiles.
Quinto: Jornadas laborales. Hasta 2100 horas aeronáuticas al año frente a los 1670 horas para los controladores civiles. No hablemos de horas extraordinarias que pueden ser pocas o muchas pero nunca remuneradas.
Sexto: Responsabilidad. La misma por dos, para tráficos civiles y militares.
Séptimo: Disponibilidad. Inmediata las 24 horas durante los 365 días al año.
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